ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS "RIVERA DE GATA"

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Lunes, 04 de Mayo de 2020

RECORDATORIO AYUDAS RELANZAMIENTO DE ACTIVIDAD DE AUTÓNOMOS PARA AQUELLOS QUE HAN CAUSADO BAJA DESPUÉS DEL INICIO DE ESTADO DE ALARMA Y SE DEN DE ALTA DOS MESES DESPUÉS DE FINDE ESTADO DE ALARMA Y SUS

Archivo adjunto:
AYUDA RELANZAMIENTO DEL AUTOEMPLEO DE PERSONAS QUE HAN CAUSADO BAJAS EN ATUÓNOMOS

Beneficiario: Las personas trabajadoras que hayan causado baja en el RETA con posterioridad al inicio de la vigencia del Estado de Alarma y que posteriormente inicien una actividad, mediante su afiliación y alta en el mismo régimen.

Cuantía: Será de 7.500€

Plazo: 6 meses, contado a partir del día siguiente a la nueva fecha de alta en el RETA objeto de la ayuda para el inicio de la misma o diferente actividad a la ejercida

NOTA : el nuevo alta se tiene que producir con posterioridad a la vigencia del Estado de Alarma y sus prórrogas.

Obligación: Mantener actividad durante dos años desde el nuevo alta en RETA

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